NOVEDAD DE LA LEY 5/2025 DE VIVIENDA DE ANDALUCÍA DE LA GARANTÍAS DE LOS COSTES DE URBANIZACIÓN A APORTAR POR LOS PROMOTORES DE SUELO

May 14, 2026 | Novedades urbanísticas

FRACCIONAMIENTO DEL AVAL DEL 7%

La Ley 5/2025 de Vivienda ha introducido un alivio financiero crucial para los promotores de suelo. Hasta ahora, el famoso aval del 7% de los costes de urbanización se exigía de forma íntegra en el momento del establecimiento del sistema de actuación, pero con la entrada en vigor el 24 de enero de 2026 de dicha normativa queda modificado el apartado 4 del del artículo 195 Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (en adelante RGLISTA).

Así la nueva Ley de Vivienda en su Disposición Final 4ª apartado 2º, permite el fraccionamiento de la aportación de dicha garantía:

-Para el Establecimiento del Sistema (la aprobación de la iniciativa): Basta con aportar el 50% de la garantía de urbanización. Esto permite arrancar la gestión jurídica y administrativa con la mitad del coste financiero en avales.

-Para iniciar las obras de urbanización debe estar aportado el 50% restante, por lo que será a la aprobación del Proyecto de Urbanización cuando se debe completar el resto de la garantía hasta alcanzar el total exigido.

El apartado 4 del artículo 195 RGLISTA queda con la siguiente redacción:

4. El 50% de la garantía de urbanización deberá constituirse en el momento del establecimiento del sistema, cuando proceda conforme a lo establecido en el capítulo VI del presente título; en el momento de constitución de la entidad de urbanización, cuando proceda; o en el momento de la adjudicación de la gestión indirecta, conforme a lo establecido en el capítulo III del presente título. El 50% restante de la garantía deberá estar constituida con carácter previo a la aprobación o autorización de las obras de urbanización. En los restantes casos deberá estar constituida con carácter previo a la aprobación o autorización de las obras de urbanización

Por tanto, es un cambio de calado que agiliza la gestión urbanística y acompasa la carga financiera al riesgo real de cada fase del proyecto.

Sandra Padilla

Sandra Padilla